¿Cómo ha avanzado la inclusión laboral de personas con discapacidad con la Ley 21.015?
Un nuevo estudio de Fundación ConTrabajo analiza los principales datos proporcionados por la Dirección del Trabajo (DT) y el Servicio de Impuestos Internos (SII) para evaluar el progreso y los retos pendientes de la Ley de Inclusión Laboral a poco más de cinco años y medio de su entrada en vigencia.
La inclusión laboral de personas con discapacidad es un derecho fundamental que el Estado de Chile ha buscado proteger con la Ley N°21.015, que cumplió su quinto año en vigencia este 1 de abril de 2023.
Esta normativa exige a todas las entidades públicas y empresas privadas con más de 100 trabajadores reservar un 1% de su plantilla para personas con discapacidad, una medida que busca garantizar que estos trabajadores tengan acceso a un empleo digno, remunerado y sostenible en el tiempo.
En este artículo, te presentamos las principales conclusiones del 2º Boletín de Estadísticas de la Ley N°21.015 realizado por Fundación ConTrabajo, un estudio que analiza el avance de la implementación de la normativa en el período comprendido entre febrero de 2019 y mayo de 2023, contrastando las cifras reportadas por la Dirección del Trabajo (DT) con los datos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Contratos vigentes de personas con discapacidad
Hasta mayo de 2023, solo el 45,8% (55.526) de los contratos de personas con discapacidad bajo la Ley Nº 21.015 se encuentran activos. Esto indica una tendencia a la baja en los contratos vigentes respecto a los 121.197 contratos registrados desde la entrada en vigencia de la normativa.
Esto significa que, a pesar de la obligatoriedad de la norma que especifica que además de contratar se requiere la sostenibilidad de estas contrataciones, se mantienen –e incluso se acentúan– las dificultades para que las empresas puedan dar cumplimiento a la Ley N° 21.015
Causas del término de relación laboral
De 65.671 contratos analizados, la renuncia del empleado lidera las causas con un 19,3%. Cerca le sigue el vencimiento del contrato con un 16,4%. Un 13,2% termina cuando se completa un servicio específico para una empresa. Por necesidades de la compañía, el 11,8% de los contratos llega a su fin. La inasistencia sin justificar y el mutuo acuerdo representan el 7,4% y 5,4% respectivamente. Sin embargo, casi la cuarta parte de estos contratos no tienen una razón específica registrada.
Empresas que informaron su cumplimiento
En Chile, el 23% (3.607 empresas) de las organizaciones del sector privado informó sus medidas de cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral, esto dentro de un universo de 15.791 empresas que tienen la obligación legal de dar cumplimiento a la Ley N°21.015, según indican las cifras del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Problemas en la medición de las cifras
A 5 años de la entrada en vigencia de la Ley de Inclusión Laboral, no es posible calcular una tasa de cumplimiento en el sector privado del país. Las causas de esto son:
- No existe un sistema integrado entre las distintas instituciones del Estado que permita identificar, tanto información de verificación de los requisitos para ser contratado/a bajo la Ley N°21.015, como de la cantidad de empresas que cuentan con 100 o más trabajadores ni el cumplimiento efectivo de la ley.
- La incorporación en 2022 del Registro Electrónico Laboral, originó errores en los reportes de contratación de las empresas (identificados en la Comunicación Electrónica de enero de 2023) y un incremento sobreestimado (303%) de la cantidad de empresas que efectivamente ha realizado contrataciones bajo la Ley N°21.015.
- No existe una cifra oficial por parte del Estado sobre la cantidad de empresas que debe cumplir con la Ley de Inclusión Laboral. Las cifras entregadas en este artículo, corresponden a un estudio desarrollado por Fundación ConTrabajo, de acuerdo a las bases estadísticas del SII.
- No se registra información sobre las causas del término de contratos de una cuarta parte del total.
Contratación y género
Desde la entrada en vigencia de la Ley N°21.015 hasta 2022 la participación de mujeres con discapacidad representa solo el 36% del total de la fuerza laboral de PcD (personas con discapacidad), esto pese a que la población femenina con discapacidad es casi 9% más que la de hombres con discapacidad a nivel nacional. En cuanto a sueldos, es posible identificar una marcada brecha de género en las remuneraciones imponibles promedio a nivel nacional, ya que las mujeres con discapacidad perciben un 7,2% menos de sueldo que los hombres con discapacidad.
1 de cada 3 contratos registrados bajo la norma corresponde a una mujer. (promedio 2019 a 2022).
Participación en regiones
Mayor participación: La participación laboral de personas con discapacidad en el mercado regular de trabajo por regiones, se concentra en la Región Metropolitana (48,3%), Región del Biobío (8,6%) y Región de Valparaíso (7,9%) lo que se ajusta a las regiones con mayor cantidad de habitantes.
Menor participación: Por otra parte, con un 0,74%, la Región de Arica y Parinacota es la que tiene la menor participación laboral de personas con discapacidad.
Sueldo promedio: Respecto a la remuneración imponible de trabajadores/as bajo la Ley de Inclusión Laboral, es posible apreciar una marcada brecha de género, ya que los hombres perciben una renta más elevada en 14 de las 16 regiones del país, con un promedio de $645.714 lo que implica una diferencia promedio de 8,3% con la mujeres con discapacidad, quienes promedian a nivel país un ingreso de $597.846.
Sueldos más altos: En relación a las rentas imponibles más elevadas, la Región de Antofagasta es la que registra los valores más altos, tanto para hombres ($881.110) como para mujeres ($674.325), seguido de la Región de Tarapacá con $776.778 para los hombres y $590.634 para las mujeres. Estas coincidentemente se encuentran dentro de las regiones con mayor brecha salarial de género.
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