Calcula el monto de donación de tu empresa para el cumplimiento alternativo de la Ley de Inclusión 21.015

La Ley N°21.015 establece que las empresas de 100 o más trabajadores/as deben contratar un 1% de personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez. Si una empresa cuenta con razones fundadas que impiden la contratación directa de este 1%, podrá cumplir alternativamente la ley, donando a organizaciones que contribuyen a la inclusión laboral de personas con discapacidad.

Importante:

  • La dotación anual promedio del año 2021 e informada en enero 2022 a la Dirección del Trabajo, servirá de base para el cálculo del período 2022.
  • A partir del año 2022, se podrá realizar solamente una donación al año como mecanismo de cumplimiento alternativo.
  • Esta calculadora puede ser usada para planificar, anticipadamente, las inclusiones a realizarse en 2022 y para proveer los recursos de donación que deberá reservar la empresa.

Calculadora de donación
Ley 21.015 de inclusión laboral

1. Ingresa los siguientes datos
Una vez ingresados los datos requeridos, podrás ver el monto total de la donación. El detalle del cálculo será enviado a tu email.
Datos Empresa
Datos Personales
  • Comunicaciones
  • Seguridad Ocupacional
  • Diversidad e Inclusión
  • Finanzas y Contabilidad
  • Legal
  • Recursos Humanos / Personas
  • Servicios Generales e Infraestructura
  • Sostenibilidad
  • Otro
2. Indica la dotación promedio del año 2021,
según lo informado por tu empresa a la Dirección del Trabajo en enero de 2022.
3. Ingresa la dotación de cada mes de 2022 y el número de personas con discapacidad contratadas en 2022 por tu empresa
Número de trabajadores de tu empresa en 2022 (Dotación mensual)

Se debe considerar el total de trabajadores con contrato vigente al último día de cada mes

Número de personas con discapacidad o asignaturas de pensión de invalidez contratadas en forma directa

Considere el número total de personas con discapacidad o [email protected] de pensión de invalidez con contrato vigente al último día de cada mes y recuerde que todos estos contratos deben estar registrados en la plataforma de la Dirección del Trabajo.

Si no hubo Personas con discapacidad o [email protected] de pensión de invalidez contratadas en algún mes, debe registrar “0”.

Número de personas con discapacidad o asignaturas de pensión de invalidez contratadas por prestación de servicio (Tercerización)

Si su empresa ha celebrado contratos de prestación de servicios con empresas que emplean a personas con discapacidad con el objeto de cumplir la ley mediante ejecución alternativa de tercerización, indique el total de contratos en esta modalidad, al último día de cada mes.

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