Calcula el monto de donación de la Ley de Inclusión Laboral 21.015

¡ACTUALIZADA! Conforme a la nueva fórmula de cálculo vigente a partir de octubre de 2023.

La Ley N°21.015 establece que las empresas de 100 o más trabajadores/as deben contratar un 1% de personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez. Si una empresa cuenta con razones fundadas que impiden la contratación directa de este 1%, podrá cumplir alternativamente la ley, donando a organizaciones que contribuyen a la inclusión laboral de personas con discapacidad.

Esta calculadora permite estimar la donación y proveer recursos.

Importante:

  • El período de cálculo de cumplimiento para la donación en 2023 es de enero a octubre de 2023.
  • La donación del período 2023 se calcula en base al total de trabajadores que la empresa haya informado en su comunicación electrónica ante la Dirección del Trabajo (DT) en enero de 2023.
  • El ingreso mínimo considerado es de $460.000 pesos.

Infórmate sobre los 7 cambios recién aprobados en la aplicación de la Ley de Inclusión Laboral Nº 21.015 (Decreto 64).

Calculadora de donación
Ley 21.015 de inclusión laboral

1. Ingresa los siguientes datos
Una vez ingresados los datos requeridos, podrás ver el monto total de la donación. El detalle del cálculo será enviado a tu email.
Datos Empresa
Datos Personales
  • Comunicaciones
  • Seguridad Ocupacional
  • Diversidad e Inclusión
  • Finanzas y Contabilidad
  • Legal
  • Recursos Humanos / Personas
  • Servicios Generales e Infraestructura
  • Sostenibilidad
  • Otro
2. Indica cuál fue el promedio mensual de trabajadores de tu empresa en 2022 (según lo que aparece en la Comunicación Electrónica de tu empresa ante la DT de enero de 2023)
3. Ingresa el número total de personas con discapacidad contratados por tu empresa en 2023
Número de personas con discapacidad o asignaturas de pensión de invalidez contratadas en forma directa

Considere el número total de personas con discapacidad o asignatari@s de pensión de invalidez con contrato vigente al último día de cada mes y recuerde que todos estos contratos deben estar registrados en la plataforma de la Dirección del Trabajo.

Si no hubo Personas con discapacidad o asinatari@s de pensión de invalidez contratadas en algún mes, debe registrar “0”.

Número de personas con discapacidad o asignaturas de pensión de invalidez contratadas por prestación de servicio (tercerización)

Si su empresa ha celebrado contratos de prestación de servicios con empresas que emplean a personas con discapacidad con el objeto de cumplir la ley Nº 21.015 mediante ejecución alternativa por tercerización, indique el total de contratos celebrados en esta modalidad, al último día de cada mes.

      ¡En Fundación ConTrabajo apoyamos tu inclusión laboral!

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